El trabajador dispone de
20 días hábiles a contar desde la
fecha de efectos del despido para presentar demanda judicial contra el mismo, previo
intento de conciliación ante la autoridad laboral. Finalmente, el despido podrá
ser calificado como procedente, improcedente o nulo.
La preocupación del trabajador se debe centrar en evitar que la empresa consiga justificar la causa denunciada, intentando probar la procedencia del despido.
Será despido improcedente
cuando no quede justificada la causa que lo motivó, y no se considere nulo por
otros motivos.
Será despido nulo aquél
que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la
Constitución o en la Ley, o que se produzca con vulneración de derechos
fundamentales y libertades públicas del trabajador. El caso más típico es el
despido de una trabajadora embarazada.
Llámanos
670746847
No hay comentarios:
Publicar un comentario