viernes, 7 de diciembre de 2018

QUÉ PUEDES HACER ANTE UN DESPIDO DISCIPLINARIO


Qué hacer si un día llegas a tu trabajo y te comunican un despido disciplinario. A nadie le gusta perder su trabajo, pero en una situación de este tipo lo mejor que puedes hacer es mantener la calma y asegurarte de que todos los pasos seguidos por la empresa son legales.
Reclamar frente a una situación de este tipo siempre es una buena opción, solo en una de cada seis sentencias sobre despido los jueces dan la razón al empresario.

Llama gratis al 670746847

jueves, 6 de diciembre de 2018

LA INTERVENCIÓN DEL ABOGADO NO ES OBLIGATORIA EN MUCHOS PROCEDIMIENTOS LABORALES


LA INTERVENCIÓN DEL ABOGADO NO ES OBLIGATORIA EN MUCHOS PROCEDIMIENTOS LABORALES
Es cierto, en la jurisdicción social no es obligatoria la intervención de abogado, y de ahí puede venir la costumbre de no recurrir al abogado laboralista como una figura preventiva.
Pero si intervención pasa de ser úil, a absolutamente necesaria en casos graves: despido, acoso laboral/mobbing, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, reducción de jornada por cuidado de hijo…  
Llama gratis al 670746847




RECLAMACION POR DESPIDOS


RECLAMACION POR DESPIDOS
Despacho de Abogados
Le ofrecemos nuestros servicios profesionales en la tramitación de Despido, con absoluta reserva y total disponibilidad a su favor.
Si lo desea, puede ser atendido en nuestros Despachos de colaboración en Madrid, San Sebastián de los Reyes o con visita personal en Madrid y su entorno, SMAC, sin coste alguno por el desplazamiento
Llama gratis al 670746847

martes, 4 de diciembre de 2018


EL RECHAZO A RECIBIR LA CARTA DE DESPIDO NO ES BUENA ESTRATEGIA

Negarse a recibir la carta de despido no beneficia en nada al trabajador despedido.

La empresa podrá entregarla en presencia de dos testigos, y el despido tendrá plenos efectos.

En tal situación, el trabajador se encontrará con un problema probatorio cuando acuda al abogado laboralista plantear una demanda por despido, ya que éste no dispondrá de toda la información necesaria para evaluar las posibilidades de éxito de la demanda.

En este caso, será necesario el trabajador tendrá un coste más de 20 euros por enviar un burofax a la empresa reclamando la carta de despido por escrito, con el consiguiente coste añadido para el trabajador.

Por su parte, la empresa podrá responder a ese burofax enviando la carta con las firmas de los dos testigos.

Pero , sobre todo, el efecto inmediato de tal estrategia es que el trabajador pierde unos días muy valiosos  ante el plazo preclusivo para la reclamación judicial.

 

Llama gratis al 670746847

lunes, 3 de diciembre de 2018

NECESIDAD DE IMPUGNAR EL DESPIDO DISCIPLINARIO


El trabajador dispone de 20 días hábiles  a contar desde la fecha de efectos del despido para presentar demanda judicial contra el mismo, previo intento de conciliación ante la autoridad laboral. Finalmente, el despido podrá ser calificado como procedente, improcedente o nulo.
La preocupación del trabajador se debe centrar en evitar que la empresa consiga justificar la causa denunciada, intentando probar la procedencia del despido.

Será despido improcedente cuando no quede justificada la causa que lo motivó, y no se considere nulo por otros motivos.

Será despido nulo aquél que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o que se produzca con vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. El caso más típico es el despido de una trabajadora embarazada.

Llámanos 670746847

domingo, 22 de enero de 2012

DESPIDO DISCIPLINARIO


El Despido Disciplinario se basa en una conducta imputable del trabajador constitutiva de una falta sancionable.

Se trata de la sanción más grave que puede imponer el empresario al trabajador y carece de indemnización por despido.

Legalmente se establecen como conductas sancionables con el despido disciplinario las siguientes:

Repetidas e injustificadas faltas de asistencia o puntualidad.

Indisciplina o desobediencia.

Ofensas verbales o físicas al empresario o a otras personas.

Transgredir la buena fe contractual, o el abuso de confianza al desempeñar el trabajo.

Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo.

La toxicomanía o embriaguez que afecten negativamente al trabajo.

El acoso por motivos raciales, étnicos, religiosos, discapacidad, edad u orientación sexual, o por razón de sexo tanto al empresario como a otras personas en la empresa.

DEFIENDETE DEL DESPIDO DISCIPLINARIO

Llama al 670746847. SIN GASTOS